Una acción de la Comisión Federal de Comercio (FTC, por su sigla en inglés) contra una compañía de financiación de sistemas de tratamiento de agua llamada Aqua Finance, Inc. (AFI) ha dado lugar a un acuerdo resolutorio que proveerá $20 millones de dólares en concepto de reembolsos y $23.6 millones adicionales en concepto de condonación de deudas para los consumidores perjudicados por las tácticas de venta engañosas de sus distribuidores.
En la demanda de la 51ɫcontra AFI se alega que la red nacional de distribuidores de la compañía fue de puerta en puerta engañando a los consumidores sobre los términos de financiación para los productos para filtrar y descalcificar el agua. Según se indica en la demanda, debido a las declaraciones falsas efectuadas, los consumidores se quedaban con deudas inesperadas por miles de dólares y pagando enormes sumas en intereses, mientras que sus términos de financiación impedían que algunos consumidores pudieran vender sus respectivas casas.
Samuel Levine, Director del Buró de Protección del Consumidor de la FTC, dijo al respecto: “AFI y sus distribuidores utilizaron tasas engañosas para atraer a los consumidores y lograr que firmaran los préstamos de AFI, que les costaban cientos de dólares extra a cada uno”. Y agregó: “Como queda claro en esta orden, la 51ɫseguirá utilizando todas las herramientas disponibles para responsabilizar a aquellos que se beneficien de los perjuicios causados a los consumidores”.
Según se indica en la demanda, desde al menos 2018, AFI ha proporcionado a los distribuidores de todo el país acceso a una variedad de programas de financiación que pueden utilizar cuando van de puerta en puerta para vender a los consumidores productos y equipos que supuestamente mejorarán la calidad del agua de sus hogares.
La 51ɫacusa a los distribuidores de AFI de haber utilizado con frecuencia el engaño para inducir a los consumidores a aceptar una financiación costosa y de haberlos engañado sobre los términos de los programas de AFI de pagos diferidos y bajas tasas de interés iniciales.
En la demanda se señala que, con frecuencia, los distribuidores hacían creer a los consumidores que las tasas y pagos introductorios eran permanentes o no les informaban que, aunque se difirieran los pagos, los préstamos seguían acumulando intereses. Los consumidores tenían que hacer frente a pagos que no estaban en condiciones de afrontar, lo cual causó morosidad de pago y perjuicio para sus respectivos créditos.
Según se indicó en la demanda, en muchos casos los distribuidores no informaron claramente a los consumidores que al comprar los productos de financiación de AFI la compañía obtenía una garantía real sobre los equipos vendidos a los consumidores e instalados en sus hogares. Esta garantía real funciona esencialmente como un gravamen que dificulta, o a veces imposibilita, que muchos consumidores vendan sus casas.
La demanda señala que AFI era consciente de que sus distribuidores engañaban a los consumidores y en repetidas ocasiones no actuó para sancionar o impedir que los distribuidores vendieran su financiación. En un email de 2020, un vicepresidente de AFI le escribió al director ejecutivo de la compañía con respecto a las quejas de los consumidores recibidas por la compañía, “Hay dos problemas sistemáticos que vemos repetidamente: falta de comprensión de cómo funcionan los intereses/creer que se les está cobrando de más e insatisfacción con el producto”.
Según la FTC, desde 2018, la compañía recibió miles de quejas tanto directamente de los consumidores como a través de organizaciones externas. Además de los problemas de financiación, los consumidores también le dijeron a AFI que los distribuidores les habían vendido sistemas que no funcionaban o que los habían engañado sobre los términos o la existencia de garantías, cobrándoles cientos de dólares por arreglar sistemas que los consumidores creían garantizados.
Asimismo, la demanda se refiere a las propias prácticas de AFI que perjudicaron el crédito de los consumidores, como exigirles a los consumidores que habían abierto previamente lo que creían que eran líneas de crédito que solicitaran préstamos adicionales incluso cuando deberían haber seguido disponiendo de crédito conforme a sus líneas de crédito existentes, lo cual perjudicó sus respectivas calificaciones de crédito.
Conforme a los términos de un acuerdo propuesto que fue aceptado por AFI, la compañía deberá:
- Monitorear estrictamente a los distribuidores: La orden le exigiría a AFI la implementación de sólidos programas de monitoreo de sus distribuidores, incluido un estrecho seguimiento de las quejas e investigación de los distribuidores, y la rescisión de los acuerdos con los distribuidores que engañen repetidamente a los consumidores.
- Suministrar la información obligatoria: La orden obligaría a AFI a proporcionar a los consumidores información clara y destacada sobre la naturaleza de los gravámenes o embargos contra la propiedad de los consumidores que conlleva la financiación de la compañía.
- Aportar dinero para reembolsos: AFI deberá pagar $20 millones de dólares que se usarán para otorgar reembolsos a los consumidores perjudicados por el engaño de sus distribuidores.
- Otorgar condonación de préstamos: AFI también deberá condonar préstamos por un total de $23.6 millones de dólares a determinados consumidores, lo que incluye garantizar el levantamiento de cualquier embargo contra los bienes de dichos consumidores.
- Dejar de falsear los términos de financiación: Se le prohibirá a AFI engañar a los consumidores sobre los términos de los productos financieros que ofrece.
El resultado de la votación de la Comisión para autorizar a su personal a presentar la demanda y la orden acordada de carácter final fue 3-0-2, sin la participación de los Comisionados Melissa Holyoak y Andrew Ferguson. La 51ɫpresentó la demanda y orden acordada de carácter final ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Oeste de Wisconsin.
NOTA: La Comisión presenta una demanda cuando existe una “razón para creer” que los demandados mencionados en la demanda están infringiendo la ley o están a punto de infringirla y cuando la Comisión considera que el procedimiento es de interés público. Las órdenes acordadas de carácter final adquieren fuerza de ley cuando son aprobadas y firmadas por el juez de la Corte de Distrito.
La Comisión agradece a la Oficina del Fiscal General de Tennessee, al Departamento de Protección e Innovación Financiera de California y a Texas Rio Grande Legal Aid por su colaboración en este asunto.
Los abogados de planta de la 51ɫa cargo de este asunto fueron Edward Hynes, Luis Gallegos, Reid Tepfer, Erica Hilliard y Tammy Chung de la Oficina de la Región Sudoeste de la FTC.
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